La relación entre libertad y derechos con la responsabilidad ha sido objeto de profundos debates a lo largo de la historia de la filosofía y la ética. Si bien la libertad y los derechos son valores fundamentales en las sociedades democráticas, su ejercicio sin una dosis equilibrada de responsabilidad puede conducir a consecuencias negativas para el individuo, la comunidad y para todo el sistema.
Si bien los conceptos de libertad y derechos
son multifacéticos, podría afirmarse respectivamente que son la capacidad de
actuar y elegir sin restricciones externas, así como el conjunto de
reconocimientos jurídicos de dichas facultades y de las necesidades a
satisfacer para el disfrute de la vida humana en condiciones de plena dignidad.
No obstante, como afirma Isaiah Berlin, la libertad negativa y positiva, como
no interferencia ni coacción respecto de las acciones ni de la voluntad hacia
un objetivo y decisión, son fines en sí mismos que pueden coyunturalmente ser
irreconciliables. En este caso, ante la incompatibilidad de pretensiones de ambas
libertades hay una cosa que no debe hacerse, suprimir por completo uno de los
dos valores que están en competencia porque termina deformando ambos. Esto es, la
libertad no puede ser una licencia para perjudicar a otros o para actuar de
manera irresponsable.
Por ello, la libertad debe restringirse por los
derechos de los demás miembros de la sociedad y por ende también los derechos
deben estar limitados por la responsabilidad en su sanción y ejercicio frente a
los demás integrantes de la comunidad.
Así, la responsabilidad actúa como contrapeso
necesario para que la libertad no devenga en caos ni los derechos en abusos por
su mal ejercicio. Su más claro ejemplo es expresado por John Stuart Mill quien bajo
el “principio de daño”, impone límites a la libertad individual y a los
derechos, ya que la responsabilidad de no perjudicar a otros se convierte en un
factor determinante en la toma de decisiones.
Es por eso que, en una sociedad diversa, la
responsabilidad desempeña un rol crucial en la protección de valores comunes y
el bienestar colectivo tal como lo expresa John Rawls, introduciendo el
principio de "diferencia equitativa", que justifica las desigualdades
siempre que beneficien a los menos favorecidos. Este principio implica que
aquellos con mayores oportunidades tienen la responsabilidad de contribuir al
bienestar de aquellos en desventaja.
Desde una perspectiva jurídica, la
responsabilidad para con el prójimo se refleja en conceptos como el bien común
y el interés general. Ronald Dworkin argumenta que el Estado no puede ejercer
su poder de manera ilimitada sobre los individuos, ya que debe respetar los
derechos fundamentales y garantizar condiciones equitativas para todos. Esta
concepción implica que las decisiones del Estado deben considerar no sólo los
derechos individuales, sino también la dimensión colectiva de la
responsabilidad social.
Más concretamente, Thomas Scanlon y Jeremy
Waldron afirman que el ejercicio de un derecho conlleva una responsabilidad
implícita hacia los demás miembros de la sociedad, ejemplificándolo con el
derecho de expresar opiniones libremente, pero bajo la responsabilidad de no
difamar, promover o incitar al odio, o que puedan dañar a grupos marginados.
El modelo de equilibrio entre libertad y derechos,
por un lado, y responsabilidad por el otro, se manifiesta también en los
derechos colectivos tales como el de un medio ambiente sano. La Declaración de
Río en 1992 sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, establece que, con el fin
de alcanzar el desarrollo sostenible, los Estados deberán reducir y eliminar
los patrones de producción y consumo insostenibles. Esto subraya que la
responsabilidad de cuidar el medio ambiente limita el ejercicio de los derechos
de producción y consumo. Esto demuestra cómo la responsabilidad puede y debe
restringir ciertas manifestaciones en aras de preservar la cohesión social.
En esta misma línea, donde la responsabilidad
para el prójimo enfatiza la obligación moral de cada individuo de considerar el
bienestar de los demás en sus acciones y decisiones, Emmanuel Lévinas sostiene
que nuestra responsabilidad hacia los demás precede a cualquier otra
consideración ética incluyendo su institucionalización en la libertad y los
derechos. Este vínculo con el prójimo en una relación de responsabilidad
ineludible es lo que implica que nuestras acciones deben tener en cuenta las
necesidades y dignidad de los otros.
Pero en lo que respecta a ciertas nuevas leyes,
proyectos legislativos y recientes derechos sancionados con graves implicaciones
bioéticas, la política ha evitado este principio de responsabilidad anterior a
cualquier reflexión, y que implica el respecto por el otro individual y
colectivo, la no supresión de la libertad positiva o negativa por la otra, la
no supresión total de un valor por otro, el no dañar, la diferencia equitativa
y la dignidad del otro.
En algunos casos permitiendo matar a un ser
humano por ser conflictivo con los intereses de otro, y no casualmente tratándose
siempre de aquel que, en las etapas de su vida, inicial y final, depende del
cuidado del otro. En otros casos, las minorías que, en lugar de ser respetadas
por las mayorías, imponen su visión sobre estas, coaccionando a los individuos
y sus marcos axiológicos obligándolos en acción y voluntad a desnaturalizar sus
principios y formas de vida, desvirtuando así incluso el propio proceso
democrático. Todo ello, pretendiendo anular la naturaleza, la realidad objetiva
y al prójimo en su formación cognitiva, ética, física y hasta arrebatándoles la
propia vida.
Luego, cuando minorías apasionadas y
polarizadas, en lugar de ser respetadas, imponen sus apreciaciones sobre y a
expensas de las mayorías, valiéndose de influencias y lobby como recursos
financieros y económicos para comprar voluntades legislativas e influir sobre
el proceso político y la opinión pública, se genera una democracia invertida. Asistida
también por la inacción de la mayoría silenciosa, apática e impávida ante
decisiones que no reflejan su voluntad ni marco ético, dejando a las minorías
activas llenar ese vacío y controlar la narrativa política y cultural. Esta
inversión democrática socava las bases de la libertad, la equidad y la
representación en el sistema político con su consecuente crisis axiológica y social.
Por ello, el respeto por la responsabilidad
para el prójimo también actúa como límite a la sanción de derechos por parte
del Estado. Martha Nussbaum, en su enfoque sobre las capacidades humanas
básicas, argumenta que el Estado debe garantizar las condiciones necesarias
para que las personas puedan llevar una vida digna y plena. Pero esta
perspectiva sugiere que el Estado no puede imponer restricciones excesivas en
los derechos individuales si ello compromete la posibilidad de las personas de
vivir una vida con oportunidades y bienestar. Y ello aplica a las restricción
del Estado para que las comunidades y los individuos puedan ejercer su
cosmovisión acorde a su axiología y sin la imposición de categorías que
contradicen su propio marco ético.
En última instancia, la responsabilidad como
límite a las libertades y derechos es esencial para mantener un orden justo y
armónico en la sociedad. Tanto desde la ética como desde lo jurídico, reconocer
y aceptar esta interdependencia es crucial para garantizar un equilibrio entre
la autonomía individual y el bienestar colectivo, considerando la integralidad
en la toma de decisiones y en la formulación de políticas públicas con un
enfoque más responsable, equitativo y respetuoso en la relación entre el
individuo, la comunidad y el Estado.