Ni Eutanasia Ni Ensañamiento: una solución éticamente responsable.

En la bioética la responsabilidad moral del sujeto no radica exclusivamente en actuar u omitir sino en la relevancia del comportamiento para el acaecimiento de un suceso. Y ello es porque la moral es la doctrina de las intenciones y no de los actos, por cuanto estos no tienen significado axiológico per se, sino por el propósito que guía el curso de acción del sujeto; tal como frente a un homicidio, pudiendo ser un sicariato o en defensa propia. Bajo este criterio, siendo la acción u omisión formas de instrumentar una intención, la diferencia entre provocar o acelerar la ocurrencia de un evento, actuando u omitiendo, pero cuyo comportamiento es relevante para aquella ocurrencia, es diferente a permitir su ocurrencia, actuando u omitiendo, siendo irrelevante su participación.

Este relevancia o irrelevancia en la ocurrencia del suceso como criterio de responsabilidad moral, es posible identificarla mediante la objetivación de las condiciones reconociendo respectivamente si de todas las formas posibles de comportamiento del sujeto había una o un pequeño número que resultaban en la ocurrencia del evento; o si la casi totalidad o totalidad de los comportamientos del sujeto resultaban en dicho suceso.

Como afirman Jonathan Bennett y Peter Unger, la responsabilidad moral está determinada por la iniciativa del agente u omitente, sus intenciones conscientes, los motivos con conocimiento de alternativas y restricciones en sus posibles consecuencias, así como la relevancia en la acción u omisión para evitar un daño o hecho perjudicial. Y por ello el sujeto, agente u omitente, es habiente de responsabilidad moral cuando puede identificarse el comportamiento intencional y que, en relación directa o indirecta con dicha decisión, pero siempre de forma relevante, provoca prematuramente o acelera el proceso natural o normal de muerte en el paciente, teniendo dicho agente u omitente pleno conocimiento y consciencia de ello. Y esto agravado como indican Elazar Weinryb y Myles Brand, frente a la relación explícita de deber y responsabilidad profesional por la cual el médico debe omitir lo que dañe o degrade la vida del paciente y actuar en favor de cuidarlo, terapéutica o paliativamente, tanto como sea posible.

Pero esta responsabilidad moral no es afectada en el caso de la irrelevancia, ante el comportamiento intencional del sujeto, agente y omitente, desobstaculizando o desobstruyendo lo que impide una inminente e irreversible muerte del paciente, cuando todo proceder e instrumentación posible a su alcance sólo prolonga un proceso agónico mantenimiento artificialmente un estado tortuoso en un cuerpo que ya no sustenta vida por sí mismo.

Así y como demuestra James Rachels, no existe una distinción moral fundamental entre la eutanasia o suicido asistido sea pasivo o activo, ya que aquí el sujeto es intencional partícipe relevante para provocar o acelerar su prematura muerte o en otro, sea por acción u omisión. Por ello, no hay diferencia esencial entre el poder del médico para accionar u omitir los medios a su disposición, cuando sabe que, ante la instrumentación o prescindencia de cualquiera de aquellos, acelerará o provocará la muerte prematura del paciente. Aquí la responsabilidad es absoluta, debido a que la eutanasia pasiva o todo tipo de omisión por la cual el paciente muere prematuramente es intencionada teniendo los medios para evitarlo, sabiendo las alternativas, restricciones y consecuencias. Pero no así con la acción u omisión en tanto desobstaculización, evitando extender un proceso agónico y extremadamente sufriente ante una muerte inminente e irreversible, por ser irrelevante todo proceder e instrumentación posible incluso para fines paliativos, permitiendo en este caso remover aquello que obstruye el perentorio curso natural, denominando dicha resolución como adistanasia o muerte no cruel, así como también ortotanasia o muerte correcta, deviniendo en caso contrario en el denominado ensañamiento terapéutico.

En definitiva, la máxima de la ética médica, primum non nocere o primero no dañar al paciente, respetando su integridad física y psicológica, así como la justificación para el límite de mantener y/o prolongar la vida del paciente es independiente de la acción u omisión del sujeto, lo cual indica sólo la forma en la cual se implementa una determinada intención. Más bien, radica en la relevancia para provocar o acelerar la muerte natural del paciente o su irrelevancia, desobstaculizando el curso natural del proceso tanático irreversible, inminente y tortuoso.

No hace mucho tiempo atrás, cuando un paciente llegaba a su punto más crítico, todos los sistemas corporales, respiratorio, neurológico y circulatorio fallaban más o menos al mismo tiempo sin que pudiera mantenerse unas funciones sin las otras, falleciendo rápidamente. Pero en la actualidad, la ciencia y tecnología han desarrollado innumerables medios para prolongar y mantener artificialmente algunas funciones corporales aun cuando otras hayan cesado. Ejemplo de ello es el respirador artificial, ante la muerte cerebral, permitiendo la oxigenación orgánica mediante el sistema cardíaco autónomo o a través de dispositivos de circulación sanguínea extracorpóreo. Por ello, actualmente la biotecnología si bien puede mantener artificialmente un cuerpo con vida a la espera de una intervención restableciendo su salud, también puede prolongar el proceso agónico y sufriente sin posibilidad de recuperación sólo manteniendo algunas funciones orgánicas en un cuerpo que ya no sustenta vida por sí mismo.

Diferenciando la intención como un estado conativo estrechamente relacionado con un curso de acción guiando la conducta, respecto del deseo como apetencia de conseguir o lograr algo, se llega aquí a la pregunta por la autorización o incluso el deber del sujeto para terminar con su propia vida o la del prójimo en pos de finalizar con el extremo sufrimiento en una situación irremediable, siendo sus condiciones irreversibles, sin poder esperar otra cosa que una doliente y prolongada agonía. En otras palabras, y aplicado a la relación médico-paciente incluyendo sus parientes, el interrogante es si el deseo de extinguir una sumamente pesarosa situación irreversible excusa la intención de provocar o acelerar la muerte cometiendo suicidio u homicidio. Y para lograr una mayor dimensión, en términos conceptuales la pregunta es, si un fin como último objetivo buscado y considerado moralmente bueno justifica para su logro la conducta no considerada tal, instrumentada por acción u omisión, bajo directivas anticipadas o a fortiori mediante la eutanasia no voluntaria, donde se da muerte al paciente independientemente de su voluntad por falta de autonomía debido a su estado clínico.

Este interrogante ético bien puede salvarse por la alternativa que indiscutiblemente exime de toda afectación de responsabilidad moral a cada uno de los involucrados, paciente, médicos y parientes. Y esta es la situación de irrelevancia de la conducta del sujeto, por acción u omisión, desobstaculizando aquello que impide la irreversible e inminente muerte del paciente, pero evitando provocar o acelerar el proceso tanático. Esta alternativa incluye el rechazo o prescindencia de todo tratamiento si causa o prolonga dolores físicos, psíquicos o padecimientos inaplacables, dejando que la patología prosiga su curso natural. Pero prohibiendo suprimir aquello que naturalmente su cuerpo necesita para la subsistencia tal como oxígeno, nutrientes o líquidos para su hidratación, fluidos de sustento y medicación de soporte necesaria como antibióticos y en caso de diabéticos, el dosaje de insulina. Y en el específico caso de muerte cerebral diagnosticada bajo los protocolos vigentes, distinto al coma vegetativo, también la desconexión de la ventilación artificial por las razones antedichas. Estas últimas prohibiciones son por cuanto dichas abstenciones causan el deterioro del estado del paciente provocando o acelerando su muerte. Sólo en estas circunstancias y de este modo, como fase final de los cuidados paliativos, se exime al paciente de suicidio, al personal de salud de homicidio y a terceros de responsabilidad moral.

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