En la bioética la responsabilidad moral del sujeto no radica exclusivamente en actuar u omitir sino en la relevancia del comportamiento para el acaecimiento de un suceso. Y ello es porque la moral es la doctrina de las intenciones y no de los actos, por cuanto estos no tienen significado axiológico per se, sino por el propósito que guía el curso de acción del sujeto; tal como frente a un homicidio, pudiendo ser un sicariato o en defensa propia. Bajo este criterio, siendo la acción u omisión formas de instrumentar una intención, la diferencia entre provocar o acelerar la ocurrencia de un evento, actuando u omitiendo, pero cuyo comportamiento es relevante para aquella ocurrencia, es diferente a permitir su ocurrencia, actuando u omitiendo, siendo irrelevante su participación.
Este relevancia o irrelevancia en la
ocurrencia del suceso como criterio de responsabilidad moral, es posible
identificarla mediante la objetivación de las condiciones reconociendo
respectivamente si de todas las formas posibles de comportamiento del sujeto
había una o un pequeño número que resultaban en la ocurrencia del evento; o si
la casi totalidad o totalidad de los comportamientos del sujeto resultaban en
dicho suceso.
Como afirman Jonathan Bennett y Peter
Unger, la responsabilidad moral está determinada por la iniciativa del agente u
omitente, sus intenciones conscientes, los motivos con conocimiento de
alternativas y restricciones en sus posibles consecuencias, así como la
relevancia en la acción u omisión para evitar un daño o hecho perjudicial. Y
por ello el sujeto, agente u omitente, es habiente de responsabilidad moral cuando
puede identificarse el comportamiento intencional y que, en relación directa o
indirecta con dicha decisión, pero siempre de forma relevante, provoca
prematuramente o acelera el proceso natural o normal de muerte en el paciente,
teniendo dicho agente u omitente pleno conocimiento y consciencia de ello. Y
esto agravado como indican Elazar Weinryb y Myles Brand, frente a la relación
explícita de deber y responsabilidad profesional por la cual el médico debe
omitir lo que dañe o degrade la vida del paciente y actuar en favor de
cuidarlo, terapéutica o paliativamente, tanto como sea posible.
Pero esta responsabilidad moral no es
afectada en el caso de la irrelevancia, ante el comportamiento intencional del
sujeto, agente y omitente, desobstaculizando o desobstruyendo lo que impide una
inminente e irreversible muerte del paciente, cuando todo proceder e
instrumentación posible a su alcance sólo prolonga un proceso agónico
mantenimiento artificialmente un estado tortuoso en un cuerpo que ya no
sustenta vida por sí mismo.
Así y como demuestra James Rachels, no
existe una distinción moral fundamental entre la eutanasia o suicido asistido sea
pasivo o activo, ya que aquí el sujeto es intencional partícipe relevante para
provocar o acelerar su prematura muerte o en otro, sea por acción u omisión.
Por ello, no hay diferencia esencial entre el poder del médico para accionar u
omitir los medios a su disposición, cuando sabe que, ante la instrumentación o prescindencia
de cualquiera de aquellos, acelerará o provocará la muerte prematura del
paciente. Aquí la responsabilidad es absoluta, debido a que la eutanasia pasiva
o todo tipo de omisión por la cual el paciente muere prematuramente es
intencionada teniendo los medios para evitarlo, sabiendo las alternativas,
restricciones y consecuencias. Pero no así con la acción u omisión en tanto
desobstaculización, evitando extender un proceso agónico y extremadamente
sufriente ante una muerte inminente e irreversible, por ser irrelevante todo
proceder e instrumentación posible incluso para fines paliativos, permitiendo
en este caso remover aquello que obstruye el perentorio curso natural,
denominando dicha resolución como adistanasia o muerte no cruel, así como
también ortotanasia o muerte correcta, deviniendo en caso contrario en el
denominado ensañamiento terapéutico.
En definitiva, la máxima de la ética
médica, primum non nocere o primero no dañar al paciente, respetando su
integridad física y psicológica, así como la justificación para el límite de
mantener y/o prolongar la vida del paciente es independiente de la acción u
omisión del sujeto, lo cual indica sólo la forma en la cual se implementa una
determinada intención. Más bien, radica en la relevancia para provocar o
acelerar la muerte natural del paciente o su irrelevancia, desobstaculizando el
curso natural del proceso tanático irreversible, inminente y tortuoso.
No hace mucho tiempo atrás, cuando un
paciente llegaba a su punto más crítico, todos los sistemas corporales,
respiratorio, neurológico y circulatorio fallaban más o menos al mismo tiempo
sin que pudiera mantenerse unas funciones sin las otras, falleciendo
rápidamente. Pero en la actualidad, la ciencia y tecnología han desarrollado
innumerables medios para prolongar y mantener artificialmente algunas funciones
corporales aun cuando otras hayan cesado. Ejemplo de ello es el respirador
artificial, ante la muerte cerebral, permitiendo la oxigenación orgánica mediante
el sistema cardíaco autónomo o a través de dispositivos de circulación
sanguínea extracorpóreo. Por ello, actualmente la biotecnología si bien puede
mantener artificialmente un cuerpo con vida a la espera de una intervención
restableciendo su salud, también puede prolongar el proceso agónico y sufriente
sin posibilidad de recuperación sólo manteniendo algunas funciones orgánicas en
un cuerpo que ya no sustenta vida por sí mismo.
Diferenciando la intención como un estado conativo
estrechamente relacionado con un curso de acción guiando la conducta, respecto
del deseo como apetencia de conseguir o lograr algo, se llega aquí a la
pregunta por la autorización o incluso el deber del sujeto para terminar con su
propia vida o la del prójimo en pos de finalizar con el extremo sufrimiento en
una situación irremediable, siendo sus condiciones irreversibles, sin poder
esperar otra cosa que una doliente y prolongada agonía. En otras palabras, y
aplicado a la relación médico-paciente incluyendo sus parientes, el
interrogante es si el deseo de extinguir una sumamente pesarosa situación
irreversible excusa la intención de provocar o acelerar la muerte cometiendo
suicidio u homicidio. Y para lograr una mayor dimensión, en términos
conceptuales la pregunta es, si un fin como último objetivo buscado y considerado
moralmente bueno justifica para su logro la conducta no considerada tal, instrumentada
por acción u omisión, bajo directivas anticipadas o a fortiori mediante la
eutanasia no voluntaria, donde se da muerte al paciente independientemente de
su voluntad por falta de autonomía debido a su estado clínico.
Este interrogante ético bien puede salvarse
por la alternativa que indiscutiblemente exime de toda afectación de
responsabilidad moral a cada uno de los involucrados, paciente, médicos y parientes.
Y esta es la situación de irrelevancia de la conducta del sujeto, por acción u
omisión, desobstaculizando aquello que impide la irreversible e inminente
muerte del paciente, pero evitando provocar o acelerar el proceso tanático.
Esta alternativa incluye el rechazo o prescindencia de todo tratamiento si
causa o prolonga dolores físicos, psíquicos o padecimientos inaplacables,
dejando que la patología prosiga su curso natural. Pero prohibiendo suprimir
aquello que naturalmente su cuerpo necesita para la subsistencia tal como
oxígeno, nutrientes o líquidos para su hidratación, fluidos de sustento y
medicación de soporte necesaria como antibióticos y en caso de diabéticos, el dosaje
de insulina. Y en el específico caso de muerte cerebral diagnosticada bajo los
protocolos vigentes, distinto al coma vegetativo, también la desconexión de la
ventilación artificial por las razones antedichas. Estas últimas prohibiciones
son por cuanto dichas abstenciones causan el deterioro del estado del paciente
provocando o acelerando su muerte. Sólo en estas circunstancias y de este modo,
como fase final de los cuidados paliativos, se exime al paciente de suicidio,
al personal de salud de homicidio y a terceros de responsabilidad moral.